EL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Y ASOCAÑA CONVOCAN..

2026-04-27
MinAgricultura

EL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Y ASOCAÑA CONVOCAN
 

A todos los productores de azucares centrifugados, a que participen en la postulación de candidatos  y elección de representantes al Comité Directivo del Fondo de Estabilización de Precios para los Azucares Centrifugados, las Melazas Derivadas de la Extracción o el Refinado de Azúcar y los Jarabes de Azúcar, de conformidad con las normas legales y reglamentarias establecidas por el Ministerio
de Agricultura y Desarrollo Rural.
 

ELECCIONES:
FECHA: jueves 21 de abril de 2026
HORARIO: de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
LUGAR DE LAS VOTACIONES: instalaciones de Asocaña ubicadas en la Calle 58 Norte N° 3N-15 de
 

Cali, y en la Carrera 19 No. 93-02 Villa Olímpica - Expofuturo Centro de Convenciones de Pereira.
REPRESENTANTES A ELEGIR: siete (7) directivos y sus respectivos suplentes, representantes de los
productores de azucares centrifugados para el periodo de un (1) año desde el 1 de mayo de 2026
hasta el 30 de abril de 2027.
INSCRIPCIONES DE PLANCHAS Y ELECTORES:
FECHA: Inscripción votantes y candidatos (desde 15 días hábiles hasta 5 día hábiles antes de la fecha de elecciones). 8:30 a.m. - 5:00 p.m.
 

LUGAR: sede de ASOCAÑA 

REGLAMENTACIÓN:

  1. Inscripción de PLANCHAS: las planchas de candidatos con indicación de principales y sus
    suplentes respectivos, deben presentar las cartas de aceptación correspondientes. Los
    candidatos deben cumplir los siguientes requisitos:
    a. No tener antecedentes penales, disciplinarios o fiscales.
    b. No formar parte de la Junta Directiva o demás órganos de administración de la
    entidad administradora, ASOCAÑA, al momento de la elección ni durante el
    ejercicio del cargo.
    c. Acreditar al menos ciento veinte (120) horas de formación en la administración o
    gestión de empresas agropecuarias o pesqueras. Este requisito se entiende
    cumplido si se acredita título profesional, o título de tecnólogo o de técnico
    profesional en áreas agropecuarias o pesqueras, expedidos por instituciones de
    educación superior oficialmente reconocidas.
    d. Ser propuesto por un sujeto gravado con la contribución parafiscal que se encuentre
    al día en el pago de la cuota parafiscal al momento de la inscripción y elección.
    e. Tener en cuenta que no se puede postular a la misma persona en forma
    consecutiva, pero sí es posible postular a una persona que haya sido parte del
    comité en un periodo anterior.
  2. Para participar en las elecciones y ejercer el derecho al voto, se debe acreditar la condición
    de productor de azúcar centrifugado mediante certificación del FEPA en la que conste haber
    sido objeto de operaciones de estabilización dentro de los 18 meses anteriores a la fecha
    de la convocatoria de las elecciones, y encontrarse al día en el pago de la cuota parafiscal.
    Dicha certificación será expedida de manera automática por la Secretaria Técnica del FEPA,
    y se remite a ASOCAÑA, que la tendrá disponible a todos los productores el día de las
    inscripciones. Adicionalmente se debe presentar el certificado de existencia y
    representación legal expedido por la Cámara de Comercio del domicilio de la empresa con
    una antelación no mayor de sesenta (60) días calendario a la fecha de elecciones, en el que
    conste el objeto social de la sociedad respectiva como productor azucarero. Solo los
    productores inscritos podrán postular a sus representantes al Comité, inscribiendo las
    planchas respectivas en ASOCAÑA. La constitución de las personas jurídicas productoras de
    azúcar no puede ser inferior a dos (2) años anteriores a la fecha de la inscripción o elección.
  3. La inscripción se puede realizar personalmente o por correo, con la presentación o envío
    del certificado de cámara de comercio indicado en el punto anterior, indicando la ciudad de
    votación.
  4. La votación la hará directamente cualquiera de los representantes legales de la persona
    jurídica que haya acreditado su condición de productor de azúcar centrifugado. Nadie se
    podrá hacer representar mediante poder.
  5. La persona jurídica que no se haya inscrito previamente puede presentarse a votar el día de
    las elecciones presentado los documentos mencionados en el numeral 2 de esta
    convocatoria.
  6. La elección se realizará mediante el sistema de cuociente electoral y cada productor tendrá
    derecho a un voto.


    Mayores informes en los teléfonos: 6024877902 y 6026647902 ASOCAÑA Cali.
    Marzo 13 de 2026

 

 

 

 

FUENTE:CONTEXTO_MINAAGRICULTURA